Autorizados por Ley de las últimas Cortes, y para poder atender el pago del donativo al Rey, por las consideraciones que en el acuerdo se indican, se acordó que: 1º. Por cada fardo de géneros o mercaderías, con inclusión de los de quincalla, que se introduzcan en esta Ciudad, no siendo de tránsito, exigir 20 reales vellón, 2º. Por cada caja de 5 arrobas de extracto de regaliz que se saque fuera, se abone 5 reales vellón y otros 5 reales vellón por cada saca de 5 arrobas de regaliz en rama, es decir en palo. 3º Por cada 6 robos de oliva que se haya molido y muela en la presente cosecha en los trujales de la Ciudad, se abone 1 real vellón, y otro real por cada docena de aceite que se introduzca en la Ciudad.
