Reunidos los señores D. Francisco Goñi, D. Isidoro Escudero, D. Francisco de Ágreda, Miguel Mateo Grávalos, Benito García, Lorenzo Mateo Arriaga y Rafael Díaz, Alcalde y Regidores de la Ciudad y los individuos de Veintena D. Pedro Nolasco Sagaseta, José Aicega, D. Manuel Echevarne, Mateo Estañán, Manuel Sánchez, Pedro Regalado Catalán, José María Librada, D. José Sanz Romeo, Joaquín Arellano Galarreta y Ramón Gómez, se expuso que, según la Ley 25, aprobada por las Cortes de este Reino, en los años 1828 y 1829, dispone que las obras municipales que excedan de 20 duros, no puedan ejecutarse por los Ayuntamientos, sin que conste la necesidad o utilidad, por declaración jurada del Maestro de Obras, que el Ayuntamiento y su Junta de Veintena nombrarán a principios de año, y se nombra a Antonio García Arrieta, Maestro Albañil, vecino de esta Ciudad.
