En atención a la escasez de trigo para el Vínculo, se acordó la compra de trigo para el abasto de los vecinos, pudiendo llevar los vecinos a dicho Vínculo el trigo que deseen vender. Se encomienda al Regidor Miguel Catalán, pase a las villas de Azagra, Andosilla, San Adrián, Cárcar y demás parajes, en busca de trigo para dicho Vínculo y compre las porciones que tenga por conducentes, sobre el precio más cómodo que pueda conseguir. Y respecto que ha llegado el caso de penuria que prevenido en la ley de este Reino, que trata del tanteo de trigo, para al abasto de Vínculos, en lo que respecto a este Pueblo, y sobre las porciones de trigo que se vendan en esta Ciudad, para que vaya destinado a dicho Vínculo, y que se publique bando, para que todos los vendedores, bajo la pena de 2 ducados por cada vez que contravinieren, tengan obligación de notificarlos, antes de que se extraiga del Pueblo.
1788-08-10 – (Sobre compra de trigo para el Vínculo. Aplicación Ley de Tanteo).