Previa consulta al Consejo Real, se acuerda que los oficiales de la Carnicería, sólo tendrán derecho a llevarse el cuarto de onza, en las pesadas de libra, media libra y tercia, y no en pesadas inferiores, quedando advertidos Diego y Tomasa Echeverría. Se comunicó a los Mudalafes D. Joseph de Sesma y Vicente y D. Thomás Virto de Vera, dicha resolución.
1788-07-13 – (Auto sobre autorización a los Cortadores de la Carnicería).