1784-01-24 – (Tasa sobre jornales de los oficios).

Categoría: Libro 07
Fecha: 1784-01-24
Resumen acta:

Entre otros asuntos, y en cumplimiento de la ley 52 de las Cortes penúltimas, sobre dar precio a los laborantes Jornaleros, Oficiales y demás, que previene, señalaron de jornal ordinario a los trabajadores jornaleros 2 reales, con la precisa condición de haber de salir al trabajo a las a las 7 ½ de la mañana, al toque de la campana, y cada yunta que se empleare en barbechar, saliendo y volviendo a las mismas horas, se les señala 6 reales de jornal diario, y si se empleare en sembrar, 7 reales; Así bien se señala a los sastres, 3 ½ reales de jornal, trabajando desde las 7 de la mañana hasta las de la tarde, en cuya hora deberán dejar el trabajo. Así bien señala a los carpinteros y albañiles, 3 ½ reales fuertes, de jornal diario, a cada uno, habiendo de empezar a trabajar a las 7 de la mañana y continuar hasta la luz del día. Y en los demás oficios, sus jornales y tiempos de trabajo se guarde la costumbre y que se publique por bando.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Puedes consultar nuestra política de cookies.

Cookies estrictamente necesarias

Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.

Cookies de terceros

Esta web utiliza Google Analytics para recoger información sobre la navegación de los usuarios con el fin de conocer el origen de las visitas y otros datos similares a nivel estadístico. No obtiene datos de los nombres o apellidos de los usuarios ni de la dirección postal concreta desde donde se conectan. Activar esta cookie nos permite mejorar nuestra web.