Sesión con Junta de Veintena y Mayores contribuyentes, informándose de oficio del Presidente de la Junta de Merindad, dando traslado de otro del Capitán General de Navarra, disponiendo que, de acuerdo con lo informado por la Junta de Merindad, los repartimientos por suministros de guerra, que en lo sucesivo se impongan, se realicen en función del número de almas, exceptuando a los voluntarios en armas y a las personas que por otros conceptos hayan solicitado la exención favorable o negativamente, y que la rebaja por la excepción se haga por la riqueza que esto significa con relación a sus hojas catastrales, ordenando la remisión de una certificación del importe total de la masa catastral imponible y de la cuota con que en ella aparecen los contribuyentes exceptuados, como consta en dicho oficio. Se acuerda se remita el asunto a la Junta de Catastro. Se informa de que el Capitán General de Navarra, había impuesto a la Merindad para gastos de guerra, la cantidad de 60.000 pesetas, que debían abonarse en el transcurso de este mes, excluyendo del pago a los liberales que tenían las armas en la mano contra los carlistas, o los que sirvan el Gobierno en el Ejército o empleados civiles, habiendo correspondido a Corella la cuota de 31.320,62 reales, que han de pagarse en oro o plata, en el plazo de 8 días la mitad y el resto en 15 días o sea el importe total para el día 20 del presente mes. Se acuerda cumplir lo ordenado y se dispone el pago del primer plazo con los fondos ordinarios que se están recaudando. Se establece un impuesto de 4 maravedíes navarros sobre el tocino vendido en las tablas públicas y de 2 reales por arroba de los cerdos que se maten por particulares para el consumo de sus casas. Retirados los miembros de Veintena y Mayores contribuyentes, continúa la sesión. Se informa sobre la recaudación del Guarderío, acordándose que el recaudador presente enseguida la cuenta correspondiente, y para revisión y liquidación se nombran al Teniente alcalde Canuto Gómez y al concejal José Gil Pérez. Previo recado se presentó el Alférez de Carabineros de Castejón, informando del fallecimiento de un cabo de dicho Cuerpo, no disponiendo de recursos para sufragar los gastos indispensables de entierro, y el Ayuntamiento, en vista de lo expuesto, acuerda que los gastos del citado entierro, sean por cuenta del Municipio. El Alcalde informa sobre la dificultad y poca regularidad del servicio de bagajes, y con el fin de evitar reclamaciones, se acuerda nombrar una Comisión compuesta de los propietarios labradores Matías Catalán Sanz, Mariano Catalán, Leonardo Catalán Sanz, Martín Sanz y Ramón Jiménez, con el fin de que con los registros que se les entreguen, lleven riguroso turno en el servicio y para que en lo sucesivo no sea perjudicado el carretero, se publicará bando, obligando a los que salgan fuera de la población, tan pronto como lo realicen, lo pongan en conocimiento de la Comisión para que cuando llegue el turno, resuelva lo que proceda. Se nombra encargado del alumbrado público, por haber presentado su dimisión el concejal Ruperto Azanza, al Teniente alcalde Canuto Gómez y suplente al Concejal Martín Sanz. Se informó de oficio dirigido por el Presidente de la Junta de Merindad, sobre el modo y forma de cubrir los 100 reales mensuales, impuestos a los padres que tienen hijos en las filas carlistas; se acuerda cumplimentarlo según lo indicado, si bien en la actualidad, no podía emplearse a los insolventes en los trabajos de fortificaciones, puesto que en su mayor parte lo están haciendo a cuenta del adelanto que por ellos hizo este Ayuntamiento, entregándolo al Jefe de Contra-guerrilla de Murchante. Se trata sobre la situación de varios vecinos que, por orden de la Autoridad, tienen prestado al destacamento de Castejón, camas y otros enseres, y por esta atención, se acordó eximirles de toda prestación personal, mientras que dichos enseres no se les devuelvan.
1874-10-07 – (Contribuciones Guerra. Impuesto Tocino y Matanza Cerdos).
