– Atendiendo solicitud de los Guardas Jurados Municipales y por las razones que se exponen, se acuerda elevar a 2 pesetas el haber diario de los Guardas y a 2,25 el del Cabo de Guardas, sobre el haber de 1,75 pesetas que perciben los Guardas, con efectos de fecha de primero de enero del próximo año de 1917.
1916-10-28 – (Aumento Sueldo Guardas Jurados Municipales)