Se faculta al Alcalde la reforma necesaria del río de San Pedro, siempre que los gastos no excedan de 100 pesetas. (Entiendo se refiere al río para riego, situado en la calle de San Pedro).
Se faculta al Alcalde la reforma necesaria del río de San Pedro, siempre que los gastos no excedan de 100 pesetas. (Entiendo se refiere al río para riego, situado en la calle de San Pedro).