Sobre el asunto del Farmacéutico titular Sr. Sola, los Sres. Lasanta y Fuertes, indican que tratado al asunto con el Sr. Sola y mantenida conversación, exponiendo la reglamentación vigente y tratando de que dicho Sr. Sola atemperase su conducta en este caso, les manifestó que no tenía la obligación de expender receta que no estuviese expedida por los médicos titulares de Corella. Se acordó por el Ayuntamiento, dirigirle escrito al Sr. Sola para que de forma categórica contestase si estaba dispuesto a expender recetas que estuviese expedidas tanto por los médicos de Corella como de otros médicos que no sean titulares de estas Ciudad.
