Visto los inmensos deudores por contribuciones y ante la necesidad de facilitar los medios para su cobro, se acuerda la publicación de bando, prohibiendo la recolección de frutos si antes no se justifica estar al día en el pago de contribuciones, justificante que emitirá el recaudador Raimundo Virto, encargando a los guardas no permitan el levantamiento de frutos sin la licencia oportuna. Se acuerda que el trigo existente en Depositaría se venda medio real más barato que el precio corriente, dando la orden al Depositario.
