Se acuerda el pago a los peones de Castejón, del mes de diciembre y demás atrasos. Que a los peones que en la actualidad se ocupan en dichos trabajos, se les abone a su regreso el jornal respectivo, a la vista de la relación que diariamente presenta el encargado. Que el turno para dichos trabajos por el vecindario se lleve con todo rigor sin excepción alguna con los vecinos inscritos en el padrón, excluyendo de esta carga tan sólo a los auxiliares de la Libertad, mayores de 60 años y que su capital (ahora diríamos capital imponible catastral) no llegue a 200 reales, carreteros que contribuyeron con sus carros, gratuitamente, a la fortificación de esta Ciudad y Concejales del Ayuntamiento, aunque no pertenezcan a la Milicia de la misma. Se acuerda la colocación inmediata de la placa con el nombre de la Constitución, en la plaza que anteriormente ese nombre y que se conoce hoy como la de El Mercado. Se acuerda la publicación de bando, solicitando pretendientes para el cargo de recaudador de contribuciones ordinarias y extraordinarias, en vista del escrito presentado por Raimundo Virto.
1875-02-20 – (Colocación Placa Plaza de la Constitución).
