Para atender las obligaciones de pago pendientes, entre las cuales se encuentran las correspondientes a los meses de diciembre y enero de los trabajadores que se desplazan a Castejón y otras relativas a suministros al Ejército, se acuerda la imposición de una contribución extraordinaria del 5% sobre la riqueza territorial, industria y comercio, advirtiendo a los morosos que el Comandante Militar podrá ocuparlos en trabajos de fortificaciones. Se acuerda, también, nombrar recaudador de dicha contribución extraordinaria a Raimundo Virto. Se acuerda que los primeros fondos que se ingresen, se destinen al pago de las dotaciones de los maestros.
