Se informa del estado del empedrado de las calles del primer Distrito y de que se ha comenzado la misma operación en el segundo. Habiéndose observado que del Prado concejil, se han tomado algunos terrenos agregándolos a las heredades lindantes, para averiguarlo y proceder a lo que corresponda, se acuerda la publicación de bando para que todos los que posean tierras lindantes a dicho Prado, en el término de doce días deberán presentar en la Secretaría del Ayuntamiento los Títulos o Escrituras que acrediten la pertenencia de sus heredades.
1846-04-08 – (Disposición sobre el Prado municipal).
