1816-01-27 – Rolde de Pleitos y negocios que tiene pendientes esta M. N. y M. L. Ciudad de Corella, que lo forma el Ayuntamiento que va a salir de 1815, para noticia y gobierno del que ha de sucederle de 1816:

Categoría: Libro 11
Fecha: 1816-01-27
Resumen acta:

1. Primeramente el pleito que al nº 1 del rolde anterior se relaciona de Miguel Catalán y consortes a instancia de estos y con arreglo a la Real Cédula de S. M., que declara que las actuaciones y sentencias pronunciadas durante el Gobierno intruso sean válidas; se pasó de Corte a Consejo, solicitando la ejecución de la providencia que tenían obtenida, para que se les pagase; se mandó comunicar, la Ciudad presentó respuesta y aquellos réplica, en cuyo estado se hallan los autos que se escriben, en la Secretaría de Barricarte. 2. Ítem., el pleito de Miguel Barrenas y consortes, sobre los caballos, comprendido al número 2 del rolde anterior; ha seguido los mismos trámites que el de Catalán y consortes y su estado actual es idéntico; los autos se escriben en el oficio del secretario Barricarte. 3. Ítem., el pleito contra D. Manuel Artázcoz y consortes, comprendido al número 3 del rolde anterior, está concluso y en estado de determinarse por la Real Corte. 4. Ítem., el de Gregorio Jarique, número 4 del rolde anterior, se transigió y ajustó con la Junta del Santo Hospital, subrogándose éste en el crédito de aquél y abonándole la cantidad en que se convino. 5. Ítem., el de Antonio Ochoa, comprendido al número 5 del rolde anterior, se transigió igualmente, pagándole la cantidad que se convino con la Ciudad, y la carta de pago obra en los registros del escribano Domingo Laquidain. 6. Ítem., el de Nolasco Virto, vecino de Cintruénigo, comprendido al número 6 del rolde anterior; se recibieron por una y otra parte las pruebas y presentados los escritos de bien probado e impugnación de probadas. 7. Ítem., los pleitos contra Bernardo Gaztambide, Zoilo Villar y Bruno Sabando, vecinos de Tudela, que se relacionan con los números 7, 8 y 9 del rolde anterior, están sin enanzo? porque habiéndose formado una Junta en Tudela, por los Pueblos de la Comarca, para la liquidación de cuentas, no se ha concluido la diligencia y la Ciudad paga las dietas de los comisionados y otros gastos ha satisfecho la cuota. 8. Ítem., hay un pleito pendiente en la Real Corte de este Reino, contra D. Félix Florencio Morales y Gaona, sobre paga de contribuciones; se excusó a aportar lo que la Ciudad le impuso, apoyado en la Real Resolución que exime al clero de ellas, lo aportó a la misma y se negó su solicitud, pago con protesta y acudió a la Corte, y el último estado es haber presentado la Ciudad escrito de replicato. 9. Ítem., se advierte que para la cobranza de varias cantidades que adeudaba la Comunidad de Religiosas Benitas de esta Ciudad, procedentes de contribuciones; se procedió al embargo de ventas de trigo y casas; acudió quejándose a la Real Corte, se mandó informase la Ciudad sin hacer novedad, hizo el informe y la Comunidad respondió a él y pasaron los autos al Relator, en cuyo estado se halla el asunto, y en poder de Ángel Serrano, 128 robos y medio de trigo depositados; se han devuelto a la Comunidad por haber depositado lo que adeudaba. 10. Ítem., al Cabildo Eclesiástico de esta Ciudad, se le embargó una porción de trigo que tenía en al granerillo; se procedió a su venta y con su importe se cubrieron los repartimientos de contribuciones que adeudaba; con este motivo D. Joaquín Morales y Gaona, Vicario General Foráneo, proveyó varios decretos, que la Ciudad, por no estar sujeta a su jurisdicción, dejó de cumplimentar; repuesto al Real Consejo, con un difuso memorial que se mandó comunicar a la Ciudad, y ésta para responder le remitió la instrucción y varios documentos al Procurador Sr. Igúzquiza. También hubo algunas contestaciones entre la Ciudad y dicho Cabildo, sobre la entrega de llaves del granerillo, que no quiso recibir el Mayordomo, cuando el portero extrajo a mano Real el trigo para cubrir sus contribuciones, y por último, las recibió como la Ciudad propuso. 11. Ítem., en la Real Corte, pende un pleito incoado por la Ciudad, contra la Villa de Villafranca, a resulta de que en una Junta de Pueblos celebrada en Tudela, quiso disputar la preferencia de asiento; la Ciudad presentó el pedimento correspondiente, se mandó dar traslado a Villafranca y notificó el despacho que se devolvió al Procurador Igúzquiza para reproducirlo. Después de la novedad de Villafranca, hubo otra Junta de Pueblos en Tudela y Corella ocupó el primer asiento, después de Tudela. 12. Ítem., en 29 de Agosto último, con motivo de haberse dignado S. M. promover a Teniente General de los Reales Ejércitos a D. Martín García y Loygorri, natural de esta Ciudad, acordó la misma, por auto de resolución se solicitase facultad para gastar en la colocación de vítores; presentado en el Consejo se declaró no haber lugar; por otro auto de 9 de Septiembre, relacionando el anterior y la nueva gracia dispensada por S. M. a dicho Sr. García, de nombrarlo Consejero de Guerra, reiteró la súplica y mandada comunicación al Sr. Fiscal, se pronunció sentencia negándola; se suplicó a revista con la reproducción de autos, y en ese estado se le encargó al Procurador, dejase el expediente. 13. Ítem., también está pendiente en el Real Consejo, un expediente incoado por la Ciudad sobre facultad para vender el trigo de los Propios y Rentas, antes de los meses señalados por punto general, para hacer varios pagos urgentes. 14. Ítem., se advierte que la Ciudad, a instancia de los cosecheros de vino, formó una representación solicitando la libre exportación a Castilla como lo hace Ágreda; se remitió al Sr. D. Agustín Sanz, con varias cartas de recomendación. 15. Ítem., igualmente se advierte que en 17 de Noviembre último, murió D. Manuel María Sancho, presbítero que obtenía la Capellanía fundada por D. Josef Rodríguez en el Santo Hospital de esta Ciudad, de la que es patrona la Ciudad, y con arreglo a la disposición del fundador debe hacer la provisión y nombramiento fijando por el efecto edicto, lo que hasta ahora está sin practicar. 16. Ítem., así bien que el arreglo, liquidación y formación del plan de suministros de que se hace relación al número 14 del rolde anterior, está sin concluir, pero muy adelantada la labor y a cuenta de ella, se le entregaron a Ramón Vitoria, 100 pesos. 17. Ítem., en cuanto a las advertencias que comprenden los números 19, 20 y 21, del rolde anterior, se previene que en el presente año, nada ha podido practicarse porque los dos Depositarios que han sido, por sus enfermedades y muertes dejaron pendiente la diligencia. 18. Ítem., se hace expresión que, a instancia de la Junta de Merindad de Tudela, se pronunció sentencia por el Real y Supremo Consejo, confirmando la resolución y reparto que hizo para cubrir los gastos devenidos a la misma, y aprobando las cuentas dadas y liquidarías por Bruno, mandando hacerle pago de la cantidad de 177.226 reales 19 maravedíes, por los Pueblos con varias clausulas y condiciones. La sentencia se notificó en fecha 12 del corriente mes y la copia se entregó a la Ciudad en 25 y la pasó al Licenciado D. Tomás Virto, para que con vista de todo determinase si se ha de hacer algún recurso. 19. Ítem., sobre lo que se relaciona al número 10 de este rolde, hizo recurso el Cabildo en la Real Corte, solicitando la nulidad de las diligencias de embargo y venta de trigo y la reposición se mandó dar traslado a la Ciudad y notificado el despacho en 18 del corriente, exhibió al Procurador saliese a la causa, y se ha de formar y remitir infracción. 20. Ítem., Miguel Catalán y Jiménez y Benito Galarreta, hicieron recurso en la Real Corte, solicitando el pago del importe de 2 mulas que suponen perdieron en el servicio de bagajes, se mandó informar a la Ciudad, lo hizo y en vista del informe, se ha hecho contencioso, y el despacho de comunicación se ha notificado en 25 del corriente, y para arreglar la instrucción se han pasado los autos al Licenciado D. Tomás Virto. 21. Ítem., se advierte que el encargo de proveer de cera a los Propios y Rentas de la Ciudad y a la Primicia, corría a cargo de Lucas Pascual, que la daba al precio que la vendía en la botica, porque no hubo cerero que quisiera encargarse de hacerlo como lo hacía Joaquín de Ausejo y Luna, que era más ventajoso, y habiéndose ofrecido Juan Miguel Díaz, a ejecutar lo mismo que hacía Ausejo, se le confirió por la Ciudad el encargo por 3 años, precedente la obligación que contrajo desempeñarlo; con este motivo, por dicho Lucas, se han presentado varios memoriales reclamando el nombramiento y que se le permita continuar hasta concluir el surtido que tiene, y en vista de ello, y de la exposición del Depositario, se mandó admitirle una porción de cera al precio corriente, y aunque pidió sobreseimiento, se ha acordado guardar lo proveído. 22. Ítem., en 12 de Mayo último, presentó a la Ciudad D. Francisco de Ágreda y Guillén, el título de Familiar de la Santa Inquisición de Logroño; a su continuación se puso la diligencia de notificación y respuesta que la Ciudad se daba por notificada, y se anotase en el Libro de Acuerdos y así se hizo. Solicitada por Águeda la sobrecarta en el Real y Supremo Consejo de este Reino, mandó comunicarlo a la Diputación y al Sr. Fiscal y por sentencia, punto cuarto del expediente, también a la Ciudad; notificado a ésta, no salió a la causa y se ha vuelto a pronunciar otra, mandando que la Ciudad, a virtud de dicho comunicación, exponga lo que tenga por conveniente acerca de la solicitud de Ágreda; notificado el despacho en 25 del corriente, respondió darse por notificada y que se le dé copia, y ha escrito al Procurador que, cuando se reproduzca, salga a la causa y lo noticie a la Ciudad, para instruirle lo que tenga por conveniente. 23. Ítem., a virtud de lo que el número 16 del rolde anterior se previno, comisionó la Ciudad y Veintena al portero Matías Arizu, para la cobranza de atrasos la “ejecuto” (ejecución) de algunos y con respecto a otros, procedió a los embargos que resultaran de sus diligencias y de las notas que dejó al tesorero de fondos públicos.

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