Entre otros asuntos, se acordó que ninguna persona pueda comprar fruta, ni otra cosa alguna, para revender, hasta después de medio día. También se acuerda que, ninguna persona pueda lavar en Cañete, del lavadero hecho por la Ciudad, “en riba” (hacia arriba), bajo la pena de 4 reales.
1794-05-28 – (Compra de fruta para reventa. Prohibición de lavar en el río Cañete).