Entre otros asuntos, se acordó se publique bando público sobre acuerdo del Real Consejo, sobre prohibición de llevar a pastar yeguas, potrancas, mulatas o cualquier especie de caballería sueltas y separadas del rebaño de la dula, sino precisamente con dicho rebaño y con el cuidado del pastor, imponiéndose la multa correspondiente, excepto los que van a trabajar a las heredades y la tenga atada a su pieza, no pudiendo estar en camino.
1789-11-28 – (Prohibición de llevar a pastar caballerías, fuera del rebaño de la Dula).