Entre otros asuntos, se acordó se eche bando, haciendo saber, no se saquen cerdos vivos ni muertos de la Ciudad, bajo la pena de 2 ducados, y los vendedores incurran en la misma pena. Asimismo, que no se empoce cáñamo ni lino, en el Prado, bajo la pena de 8 reales, respecto de que, por el arrendador de la Carnicería, se había quejado, con ocasión de la sequedad del tiempo, el daño que experimentaban las reses de vacuno, por lo nocivo de las aguas con que empozan.
1770-09-27 – Prohibiendo venta de cerdos; ni empozar cáñamo en el Prado.