Entre otros asuntos, se acordó que ninguna persona queme rastrojos, hasta el día de Ntra. Sra. de Agosto (día 15), pena de 8 reales y se haga saber por bando público. Que las panaderas aventureras (no obligadas), amasar pan para su venta y lo vendan a 17 maravedís, el pan de 3 libras.
1765-07-11 – Quema de rastrojos y precio del pan.