Entre otros asuntos, se acordó que, ningún vecino ni otra persona, pueda quemar rastrojo alguno, en huerta ni monte, hasta el día de Ntra. Sra. de Agosto, bajo la pena de 8 reales.
Entre otros asuntos, se acordó que, ningún vecino ni otra persona, pueda quemar rastrojo alguno, en huerta ni monte, hasta el día de Ntra. Sra. de Agosto, bajo la pena de 8 reales.