Se juntaron los señores D. Antonio Virto González, D. Luis de Sesma Escudero, D. Diego de Labastida y Sola, Mathías Navarro y Soriano y Domingo Gómez y Nesta, (También son Regidores, Francisco de Ágreda y Pedro Virto Cueba), Alcalde y Regidores, ./., y entre otros asuntos, el Secretario da fe de haberles leído las Ordenanzas del buen Gobierno que se hallan en el Libro Primero de la Novísima Recopilación en folio 507 y siguientes, el auto acordado por el Real y Supremo Consejo de este Reino, sobre fuerza de legos, sobre intestados y disposiciones de sus bienes, la Real Provisión insertas en ella, las Bulas sobre extracción de los reos en lugar sagrado, y las que van Providencia para el traslado de estos reos, la Real Provisión sobre Pragmática en trajes, la Real determinación de que no se permita salir a los dominios de España, a clérigo ni fraile español que no presente licencia de Su Majestad, etc., y así bien la doy de haber leído a su Señoría el Rolde de pleitos que sus antecesores dejaron al tiempo que dejaron sus empleos, para que de todo a su Señoría le conste, y enterados dichos señores dijeron se dan por notificados.