Se juntaron los señores D. Andrés de Miñano y Marta, D. Phelipe de Sesma y Escudero, D. Joachín Martínez y Sesma, Juan Rodríguez y Rodríguez, Joseph Bardaxí y Martín Joseph de Madoz, Alcalde y Regidores de esta Ciudad, ./. y, entre otros asuntos, el Escribano da fe de que lee y notifica a su Señoría el auto acordado del Real y Supremo Consejo de este Reyno en la causa intentada por el señor Fiscal Real de su Majestad y esta Ciudad, contra el promotor fiscal eclesiástico del Obispado de Tarazona, sobre fuerza de Legos en punto a la jurisdicción preventiva, en la recepción de inventario, por muerte de Legos intestados y disposición de sus bienes, en sufragio de las almas de aquellos quedado por copia por el infrascrito Escribano, se halla en este libro. Como también da fe les lee las advertencias que sobre pleitos y demás han dejado sus antecesores, para que de su tenor los conste y cumplan con lo en ellos prevenidos, y comprendido su señoría de todo su contexto, dijo se da por notificada, y así bien da fe de que lee y hace notorias las Ordenanzas del Buen Gobierno que se contienen en el Tomo primero de la Novísima Compilación, que se hallan en folio 507, para que igualmente les conste de su tenor, y enterada su Señoría, dijo que se da por notificada y enterada de ellas.
1748-01-11 – (Testimonio de haber leído las Ordenanza del Buen Gobierno. Regimiento nuevo).