Se acordó se hagan tres libros, el uno para la extracciones de Alcalde y Regidores y demás Oficios de República, por haberse acabado el que había. Otro, para que se asienten las penas en que fueren multados los vecinos, por haberse acabado el que había; y otro para asentar los bandos mandados publicar los los señores del Regimiento. Que se dé trigo a las panaderas obligadas, para el abasto de los vecinos. Con esta misma fecha, Alcalde y Regidores, resolvieron se notifique por el Secretario infrascrito, a los conventos de Monjas Benitas y de Ntra. Sra. de Araceli, y conventos de religiosos de Ntra. Sra. de la Merced y de Ntra. Sra. del Carmen, que han de contribuir a las limpias xx y vecinales y a pagar los repartimientos y limpiar todo lo que les tocan y pertenecen, conforme lo pagan los demás vecinos y eclesiásticos, para el beneficio del riego de las heredades, conforme lo han hecho, por que donde no, no se les dará agua para el riego de sus heredades. Y este año se hace por haber prevenido a sus señorías, los señores pasados, se excusan dichos conventos de pagar y para que en adelante no pretendan ignorancia si no los dejan regar.
