En la Ciudad de Corella, jueves a cinco días del mes de Octubre del año mil seiscientos setenta y tres, estando juntos en acuerdo como acostumbran los señores Miguel de Ágreda y Bardaxí, Alcalde y Juez Ordinario de esta Ciudad, por su Majestad; Don León de Luna Muro, Juan Gregorio de Luna, Domingo Sánchez Gil, Luis de Mazatebe y Antonio de Altabas y Asiain, Regidores de dicha Ciudad y estando juntos, yo el Secretario infrascrito, en cumplimiento de lo mandado por los Jueces de Residencia, doy fe que leí desde su principio al fin, las Ordenanzas Reales de este Reyno del buen gobierno. Y así bien leí e hice notorio a dichos señores Alcalde y Regidores, los mandatos que el Juez de Residencia del año de mil seiscientos sesenta y cinco que están en folios 28 y 29 de este libro y los mandatos del último Juez de Residencia que ha estado en esta Ciudad, este presente año que están en este libro, siendo Juez con confianza del Real Consejo el Licenciado Don Juan Antonio Portal de Huarte, para que les conste de su tenor y comprendido dijeron se dan por advertidos y firmo de sus señorías, yo el Secretario.
1673-10-05 – (Nuevo Ayuntamiento y lectura de las Ordenanzas y Mandatos del Juez de Residencia).
