Se juntaron en acuerdo los señores Don Lucas de Iblusqueta, abogado de las audiencias reales de este Reyno, Síndico y Juez ordinario de esta Ciudad, por su Majestad; Juan Gregorio Serrano, Martín Díaz Fernández, Juan Virto Virto, Domingo Virto Magallón, Joseph de Luna Virto Magallón, Juan de Aibar y Gorraiz, Regidores de la dicha Ciudad en el cual dicho acuerdo yo el Secretario infrascrito leí de su principio al fin, los mandatos que están en este libro de Consultas da Francisco de Elizondo, Juez de Residencia que ha sido de esta Ciudad, y, en siguiente, se han leído las ordenanzas reales de este Reyno, todas aquellas que hablan lo tocante al buen gobierno de las Repúblicas en alta voz, oyéndolas los dichos Alcalde y Regidores y para que de ello conste y que acordaron sus mercedes se cumplan y que aquellas mandaron hacer auto y firmaron como sigue. Siete firmas y Pasó Ante mí, Diego Andrés de Arcaya.
1665-10-10 – (Auto de acuerdo de los Alcalde y Regidores, en que se leyeron las ordenanzas reales y mandatos del Juez de Residencia).