Se acuerda la imposición del 5% sobre la riqueza territorial, industria y comercio, para poder atender las cantidades que se adeudan por Contribución Foral y de Culto y Clero. El Notario Ramón de Miguel, presenta varias escrituras de arrendamientos para su otorgamiento. El rematante del expediente del impuesto sobre el tocino, Fermín Caspe, manifiesta que le es imposible presentar fianza que respondiera de dicho arrendamiento, pero que deseando su continuidad y para seguridad, había entregado al Depositario el primer plazo de su importe, anticipadamente a su vencimiento, que hoy mismo abonaría el segundo, que en 1º de mayo abonaría el tercero y el 1º de julio abonaría el último, quedando de este modo cancelado el total. El Ayuntamiento admitió dicha propuesta, formalizando el documento oportuno. El Administrador de la Fundación con el título de Misericordia, solicita la exención de pago por contribuciones ordinarias y extraordinarias, en consideración al objeto benéfico de dicha fundación; el Ayuntamiento acordó su exención, sólo de las contribuciones extraordinarias. Se acuerda dejar nulo y sin ningún efecto, el arrendamiento del impuesto sobre varios artículos que remató Calixto Sobejano, por no presentar fianzas con arreglo a las condiciones de dicho expediente. Se acuerda anunciar nuevamente dicho arrendamiento.
