Se informó de lo practicado por las Comisiones de arbolado, caminos, calles y demás ornato del público y del resultado de los oficios dirigidos al Sr. Intendente para que se admitiera a cuenta de la contribución al Culto y Clero, los adelantos que se tenía hechos a las dos iglesias Parroquiales de esta Ciudad, y por no haber accedido a la solicitud, viajó el Sr. Capitular Escudero, autorizado por el Ayuntamiento, a Tarazona a reclamar de la Comisión dichos adelantos y obtuvo se le pagasen dos tercios, importe 13.333 reales que se entregan al Depositario de Propios, Hipólito Nieva. Habiendo dentro de la jurisdicción de esta Ciudad, terrenos de propiedad pública de diferentes sitios incultos, de donde algunos vecinos han solido sacar piedra para fábricas, y otros quieren impedir que otros las saquen, argumentando que ellos han descubierto las canteras. Se acuerda que, en todas las canteras abiertas en terrenos públicos, todos los vecinos que están sacando piedra, puedan continuar sacándola, no siendo para llevarla a otros pueblos, pero tienen la obligación de hacerlo saber al Ayuntamiento el tiempo que consideran suficiente para dicho efecto y con conocimiento de todo, se determinará lo conveniente. También se acuerda que, cuando algún vecinos descubra una cantera en terreno público, tendrá facultad para arrancar y sacar cuanta piedra necesite, poniéndolo antes en conocimiento del Ayuntamiento y se señalará término para que durante el, pueda aprovecharse de ella, quedando después a beneficio del público.
1846-02-28 – (Extracción de piedra de las canteras).
