Por los motivos expuestos en esta sesión, se acuerda realizar la suscripción a la Gaceta de Madrid, por tiempo de medio año y se pase recado al Administrador de Correos de la Ciudad, para que oficie al general de Madrid, para la suscripción desde el día 1º del corriente mes, solicitando las publicadas desde dicho día, todo ello para tener conocimiento de las providencia y decretos emanados de las instituciones de la Nación.
1813-09-27 – (Suscripción a la Gaceta de Madrid, para información).
