Entre otros asuntos, se acordó que, ningún vecino pueda llevar trigo para hacer harina, fuera de los molinos de esta Ciudad, pena de 2 ducados. Que todos los vecinos tengan atados en sus casas a los cerdos, sin dejarlos salir a los calles, pena de 4 reales. Que ningún vecino compre para revender, sardinas, “guebos” ni otras cosas comestibles, la pena al arbitrio de su Señoría, y que se haga saber por bando público, para que nadie pretenda ignorancia.
1751-03-04 – (Normativa sobre molienda de trigo, cerdos y reventa de alimentos).