En la Ciudad de Corella y Sala Consistorial a dos de Enero de mil ochocientos cuarenta y uno, estando juntos los señores D. Antero de Miñano, D. Julián Indave, D. Francisco Goñi, D. Francisco Viscasillas, D. Manuel Lapeña, D. José Mª Octavio de Toledo, D. Francisco Fitere, Manuel Sesma y Sobejano y el Licenciado D. Joaquín Díez de Ulzurrun (Procurador Síndico), Alcaldes primero y segundo, Regidores y Procurador Síndico, que todos componen el Ayuntamiento Constitucional de esta Ciudad, dijo Su Señoría que, por costumbre observada en la misma, todos los años, se destina un número suficiente de sujetos con la denominación de Canicleros, para las diferentes arcas y términos del regadío, cuyo cargo gravita sobre los recién casados; y deseando el Ayuntamiento obrar con toda la igualdad y justificación posible, exigió a los Párrocos, lista de los que al año anterior contrajeron matrimonio, y a todos los comprendidos en ella, por ser más de los que se necesitan, los ha sorteado, de cuya diligencia, han resultado deben ser Canicleros, en el presente año, los siguientes: Arca de Fugenique, Ramón Martínez y Julián Vicente; Arca de Socañete, Julián Andrés, Pedro Marcilla, Felipe Arellano y Julián Montorio; Arca de San Juan, José Sesma y Ramón Giménez; Arca de San Sebastián, Mariano García y José Catalán; Araciel, Pedro Gómez y Basilio Sanz; Burcemay, Mariano Gil y Justo Eraso; Campo, Mariano Navarro y Andrés Giménez. Y para el caso de que alguno o algunos de los sorteados, tenga o le resulte algún impedimento o justo motivo de no poder desempeñar el cargo de Caniclero, han sorteado para que los sustituyan, por el orden siguiente y como Suplentes: Baltasar López, Tomás Pastor, Benito Pérez, Joaquín Fraguas, Miguel Virto, Sebastián Marzo, Sotero Arnedo, Julián García, Pedro Sainz, Juan Bermejo, Cristóbal Domínguez, Manuel Fernández, Manuel Romano y Apolinario Atienza. Igualmente, dijo Su Señoría que, para la mejor expedición y conocimiento de lo que en el presente año ocurra, relativo a los asuntos del campo y custodia de los Montes de Cierzo, nombra para Veedores de Campo a José Jiménez Romano y Prudencio Mateo Cervera; para Apreciadores de Hortaliza a Manuel Sánchez Virto; para Ídem. de lo Seco a Martín Arellano y Francisco Arellano Sagaseta; para Guardas de Montes de Cierzo a Manuel Pérez, Fausto Guillorme, José Belloso, Pedro Guillorme, Narciso Guillorme, Francisco Sesma y Juan Crespo; para Referidores a Joaquín Escudero, Maestro Cerrajero y a Mateo Gil, Carpintero; Veedor de Obras a Benito Arigita, Maestro Albañil. Depositario de Propios a Hipólito Nieva. Y acuerda Su Señoría que, a todos los comprendidos en este año, se les haga saber, en la forma de costumbre, el nombramiento para que les conste y comparezcan a prestar juramento ante el Sr. Alcalde Regidor Primero, de desempeñar bien y fielmente el cargo, aquellos que están en práctica deben hacerlo. Asimismo se acuerda publicación de bando para que todos los que usan Pesos y Medidas para la venta y compra de géneros los lleven a referir, en el plazo de ocho días, a los Referidores nombrados, por convenir así al bien y utilidad pública, para evitar los abusos y fraudes que de no hacerlo pudieran resultar. Finalmente, se acuerda, que el Regidor que sea de Semana, visite las oficinas públicas, para inspeccionar los comestibles y que a los vecinos no se les cause perjuicio, lo que también ejecutará el Regidor Síndico, siempre que le parezca conveniente.
1841-01-02 – Ayuntamiento Constitucional de la ciudad de Corella.